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Corte advierte que personas mayores no pueden quedar atrapadas en trámites pensionales negligentes




Cuando una persona adulta mayor depende de una prestación pensional para garantizar su mínimo vital, las entidades encargadas de resolver su solicitud no pueden actuar con demoras, errores probatorios o trámites que prolonguen injustificadamente el acceso a sus derechos. Bajo ese criterio, la Corte Constitucional reiteró que los adultos mayores y las personas de la tercera edad son sujetos de especial protección constitucional y deben recibir una respuesta diligente, oportuna y efectiva en materia de seguridad social.



La precisión fue hecha por la Sala Segunda de Revisión en la Sentencia T-111 de 2026, al estudiar una tutela presentada contra Colpensiones por la negativa reiterada al reconocimiento de una sustitución pensional derivada de una pensión de invalidez...



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